SOLICITUD DE SIMULTANEIDAD DE MATRÍCULA
Plazo: del 1 al 15 de marzo de 2026.
El alumnado matriculado en régimen oficial podrá simultanear la matrícula en el régimen de enseñanza oficial y en el régimen de enseñanza libre para un idioma distinto al que esté cursando. En ningún caso podrán simultanearse estudios de un mismo idioma por varias modalidades de enseñanza.
Alumnado que debe solicitar simultaneidad: aquel que tenga matrícula oficial en esta Escuela y tenga intención de matricularse en régimen libre para otra lengua.
El alumnado que no esté matriculado en la modalidad oficial y se matricule exclusivamente en más de un idioma en régimen de enseñanza libre no tendrá que solicitar simultaneidad.
(*NOTA MUY IMPORTANTE: aparte de este trámite administrativo, una vez concedida la simultaneidad por parte de esta Escuela, el alumnado tendrá que formalizar la matrícula libre en el plazo correspondiente).
FORMA DE PRESENTACIÓN:
A través de la web de la Secretaría Virtual de los Centros Educativos (pinchando en «Solicitudes» -> «Trámites Generales»->»Presentación electrónica general»), accediendo mediante Certificado Digital o clave iPasen, o presencialmente en nuestra oficina de Administración, en horario de atención al público.
DOCUMENTACIÓN:
- Solicitud de Simultaneidad de Matrícula (dirigida a la Directora de esta Escuela, en el caso de que el idioma y nivel del que desee examinarse se oferte en esta EOI).
- Solicitud de Simultaneidad de Matrícula (dirigida a la Delegación Territorial de Educación en Jaén, en el caso de que el idioma y nivel del que desee examinarse NO se oferte en esta EOI).
- Fotocopia del D.N.I.
NORMATIVA SOBRE SIMULTANEIDAD DE MATRÍCULA
Instrucción de 27 de abril, de la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, sobre el proceso de escolarización en las enseñanzas de idiomas de régimen especial en sus diferentes modalidades y en los cursos para la actualización, perfeccionamiento y especialización de competencias en idiomas para el curso 2023/2024.
Decimoquinta. Simultaneidad de matrícula en las escuelas oficiales de idiomas.
1. El alumnado podrá simultanear estudios en diferentes idiomas y modalidades de enseñanza si ha obtenido plaza para ello, pero no podrán simultanearse estudios de un mismo idioma por varias modalidades de enseñanza.
2. De conformidad con lo establecido en el artículo 31.1 de la Orden de 20 de abril de 2012, en ningún caso se podrá estar matriculado en más de una escuela oficial de idiomas en el régimen de enseñanza oficial.
3. El profesorado que se matricule en un curso de actualización lingüística en un idioma determinado podrá simultanear estudios con las enseñanzas de idiomas de régimen especial en otro idioma diferente, en virtud de lo establecido en la disposición adicional tercera de la Orden de 20 de abril de 2012. […]
a) El alumnado con matrícula oficial en una escuela oficial de idiomas podrá realizar matrícula libre en un idioma distinto al que viene cursando y que se imparta en su propio centro. La solicitud de simultaneidad se presentará en la escuela de idiomas en que esté matriculado en régimen de enseñanza oficial y requerirá autorización de la persona que ostente la dirección de la misma.
b) El alumnado con matrícula oficial en un idioma en una escuela oficial de idiomas podrá realizar matrícula libre en un idioma distinto de los que se impartan en su propio centro. La solicitud de simultaneidad se presentará en el centro en el que está matriculado en régimen de enseñanza oficial. La persona titular de la dirección del centro comprobará la documentación y la remitirá, junto con su informe, a la correspondiente Delegación Territorial con competencias en materia de educación, la cual, tras su verificación y con el informe del Servicio de Inspección de Educación, dictará la correspondiente resolución con anterioridad al 31 de marzo de 2024. […]
d) El alumnado que se matricule en más de un idioma en régimen de enseñanza libre exclusivamente no tendrá que solicitar simultaneidad. No obstante, habrá de matricularse en la escuela oficial de idiomas más próxima a su domicilio y deberá hacer constar que no ha formalizado matrícula en ninguna otra de la Comunidad Autónoma de Andalucía, salvo que desee matricularse en un idioma que no se imparta en la misma, en cuyo caso podrá efectuar matrícula para este segundo idioma en la escuela más próxima que oferte esa enseñanza.
