Las enseñanzas en esta modalidad se imparten combinando sesiones presenciales, de obligada asistencia para el alumnado, y sesiones de docencia telemática: el alumnado recibe una sesión semanal de 90 minutos en la escuela para facilitarle asistencia en la realización de tareas, resolver dudas respecto a los aspectos esenciales del currículo, orientar hacia el uso de las herramientas de comunicación y, en su caso, reforzar la práctica de las destrezas orales. Las restantes actividades hasta completar el horario normal semanal se realizan online a través de una plataforma. Así, es necesario que quien opte por esta modalidad de enseñanza disponga de ordenador con conexión a Internet para acceder al Aula Virtual donde se colgará todo el material didáctico y tenga conocimientos previos en el uso de nuevas tecnologías. Necesitará, por tanto, tener o desarrollar algunas capacidades tales como: aprender de manera independiente (aprendizaje autónomo), autorregular su estudio (aprendizaje autorregulado) y aprender en grupo (aprendizaje colaborativo) a través de su participación en la plataforma.
La oferta de cursos de esta modalidad en la EOI Xauen para el curso 2023-24 es la siguiente:
- FRANCÉS: 2º de Nivel Básico.
- INGLÉS: desde 1º de Nivel Básico hasta Nivel Avanzado C2.
QUIÉN PODRÁ SOLICITAR ADMISIÓN
• El alumnado semipresencial de nuevo ingreso en la escuela.
• El alumnado oficial de la propia escuela que desee cambiar de la modalidad presencial a la semipresencial o viceversa.
• El alumnado semipresencial que proceda de otra Escuela Oficial de Idiomas o del Instituto de Enseñanza a Distancia de Andalucía, IEDA.
REQUISITOS PARA SER ALUMNO/A DE LA ESCUELA OFICIAL DE IDIOMAS.
Edad:
Es imprescindible tener 18 años cumplidos antes del 31 de diciembre del año natural en que se comienzan los estudios.
No obstante, podrán acceder también los solicitantes con 16 años cumplidos o que los cumplan antes del 31 de diciembre del año en que comienza el curso y que acrediten algunas de las situaciones siguientes:
a) Ser persona trabajadora por cuenta propia o ajena que no le permita acudir a los centros educativos en régimen ordinario, debiendo acreditar dicha situación con el alta de la Seguridad Social, así como con el contrato de trabajo o con la licencia fiscal (debe acreditarse junto a la solicitud de admisión).
b) Ser deportista de rendimiento de Andalucía o de alto rendimiento o alto nivel.
c) Encontrarse en situación personal extraordinaria de enfermedad, discapacidad o cualquier otra situación que le impida cursar las enseñanzas en régimen ordinario, quedando incluidas en este supuesto las mujeres víctimas de la violencia de género y las personas víctimas de terrorismo, así como sus hijos e hijas, y las personas que se encuentren en situación de dificultad social extrema o riesgo de exclusión (debe acreditarse junto a la solicitud de admisión).
Requisitos académicos para acceder a los distintos niveles de las enseñanzas de idiomas de régimen especial:
• 1º de nivel básico (A1): no existen requisitos académicos mínimos.
• 2º de nivel básico (A2): poseer la acreditación correspondiente al nivel A1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (la documentación que se acredite en este caso debe estar recogida en el Anexo III*). Por otra parte, el alumnado que haya superado la materia correspondiente a la primera lengua extranjera del primer curso de Bachillerato también podrá solicitar acceder al segundo curso del nivel básico de esa lengua.
• Nivel intermedio (B1): poseer una acreditación correspondiente al nivel A2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (la documentación que se acredite en este caso debe estar recogida en el Anexo III*). Por otra parte, el alumnado que haya superado la materia correspondiente a la primera lengua extranjera del segundo curso de Bachillerato podrá acceder al curso del nivel intermedio de esa lengua en la EOI.
• 1º de nivel intermedio (B2.1): poseer una acreditación correspondiente al nivel B1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas*.
• 2º de nivel intermedio (B2.2): poseer una acreditación correspondiente al nivel B2.1. del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas*.
• 1º de nivel avanzado (C1.1): poseer una acreditación correspondiente al nivel B2.2. del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.
*Anexo III Orden de 31 de enero de 2011 (convalidaciones de estudios)
PIC: PRUEBA INICIAL DE CLASIFICACIÓN: El alumno o alumna que acredite el dominio de competencias suficientes en un idioma podrá incorporarse a cualquier curso de los niveles básico, intermedio y 1º de Nivel Avanzado C1. Así, si considera que su nivel de idioma es superior a 1º de nivel básico A1, podrá realizar una prueba de autoevaluación a la que podrá acceder desde la sección “Idiomas y Enseñanzas” de esta página web obteniendo un resultado orientativo y sin validez académica. No obstante, sobrestimar sus conocimientos irá en perjuicio propio, ya que la adscripción directa del alumnado a un curso determinado, a través de estos procedimientos, no supondrá el reconocimiento académico de haber superado los cursos anteriores, ni la obtención de los certificados de nivel correspondientes, que sólo podrá obtener una vez que supere los cursos del nivel al que se haya incorporado. PARA CONOCER EL COMPROMISO ADQUIRIDO AL AUTOEVALUARSE, CONSULTAR LOS CONTENIDOS DE LA PROGRAMACIÓN DE CADA DEPARTAMENTO PUBLICADOS EN ESTA PÁGINA WEB.
OFERTA DE PUESTOS ESCOLARES VACANTES PARA EL CURSO 2023/2024. Ver Plazas Vacantes 2023-24
ADJUDICACIÓN DE PUESTOS ESCOLARES. Cuando no existan plazas suficientes para atender todas las solicitudes, se realizará en función de la menor renta anual per cápita de la unidad familiar a la que pertenezca el alumno o alumna. En caso de empate, éste se resolverá por sorteo.
SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
- Documentación requerida semipresencial 2023-24
- ¿Cómo rellenar el impreso de solicitud? Modalidad semipresencial
- Impreso de solicitud de admisión. Aunque en el impreso existe la opción de autorizar la comprobación de una serie de circunstancias, tales como titulación académica, notas medias y situación de desempleo, en instrucciones recibidas de la Consejería se nos aclara que no podrán facilitar el cruce de datos, por lo que es necesario acreditar documentalmente todas la circunstancias alegadas, exceptuando el apartado 5 del modelo, que se refiere a la información de carácter tributario en la que sí comprobarán los datos, por lo que se permite la autorización. Aconsejamos aportar la solicitud de admisión por duplicado si desean guardar una copia de su solicitud.
- Modo y plazo de presentación de solicitudes 23-24
CALENDARIO DEL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN.
- Período de presentación de solicitudes: entre el 1 y el 22 de mayo de 2023, ambos inclusive.
- Publicación del listado para subsanar la documentación aportada en el tablón de anuncios si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañase de los documentos preceptivos: Antes del 26 de mayo, para que se subsane, en el plazo de diez días hábiles.
- Publicación de la relación de personas solicitantes ordenadas según los criterios de admisión por la EOI: Antes del 12 de junio de 2023.
- Período para el trámite de audiencia: entre el 12 y el 23 de junio de 2023, ambos inclusive.
- Resolución del procedimiento de admisión con las listas de admitidos y no admitidos: Se publicará el 27 de junio de 2023.
- Plazo para la presentación de recursos de alzada ante la persona titular de la Delegación Territorial competente en materia de educación: empezará el 28 de junio.
- Plazo de matriculación: del 1 al 10 de julio de 2023.