Plazo: del 1 al 10 de julio de 2026.
Deberá presentar matrícula todo el alumnado que haya sido admitido en el proceso de admisión, así como el alumnado de la escuela que promocione o repita curso.
Plazo: del 1 al 10 de septiembre de 2026.
Deberá presentar matrícula todo el alumnado oficial que se ha presentado a la convocatoria de septiembre o que no formalizó su matrícula del 1 al 10 de julio.
- Haber sido admitido en el proceso de admisión desarrollado durante los meses de mayo y junio (*ver el apartado Admisión*).
- Si no has participado en el proceso de admisión, puedes ponerte en contacto con el Centro para consultar la disponibilidad de plazas de cada nivel e idioma.
- Tener dieciséis años o cumplirlos en el año natural en el que se formalice la matrícula (antes del 31 de diciembre del 2026).
- Estas edades podrán modificarse para el alumnado con altas capacidades intelectuales, cuando se hayan adoptado medidas de flexibilización de la duración de alguna etapa educativa de acuerdo con la normativa vigente.
¿Qué son los cursos CAPE?
Son cursos para la actualización, perfeccionamiento y especialización de competencias en idiomas en las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, regulados por la Orden de 1 de junio de 2021, por la que se regulan los cursos para la actualización, perfeccionamiento y especialización de competencias en idiomas en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Para el curso académico 2026/27, nuestra Escuela oferta los siguientes cursos CAPE:
- ALEMÁN A1 – Principiantes absolutos
- FRANCÉS B1 – Preparación para el acceso a enseñanzas de idiomas de régimen especial
- INGLÉS B1 – Preparación para el acceso a enseñanzas de idiomas de régimen especial
- INGLÉS B1 – Turismo y viajes
- INGLÉS B2 – Práctica de producción y coproducción de textos orales
- INGLÉS C1 – Aspectos socioculturales en el aprendizaje de idiomas
- INGLÉS C2 – Debate y oratoria
FORMAS DE PRESENTACIÓN Y DOCUMENTACIÓN:
1) A través de la web de la Secretaría Virtual de los Centros Educativos (en el apartado “Inicio”-> Columna de la derecha ”Solicitudes”), accediendo mediante Certificado Digital o clave iPasen.
Importante:
- Si optas por esta opción, no pagues por adelantado el Modelo 046, ya que al completar la solicitud de matrícula te derivará a la plataforma de pago.
- Si te matriculas a través de la Secretaría Virtual, recibirás una bonificación del 10% de la cuota a ingresar.
2) Presencialmente en nuestra oficina de Administración, o mediante carta certificada en las oficinas de Correos, aportando ya impresa la siguiente documentación:
- Impreso de Matrícula (acompañada de: Modelo 046 (“Ejemplar para la Administración” y “Ejemplar para el Interesado”) debidamente abonado).
- Fotocopia del DNI (sólo en el caso de nuevo alumnado).
- Modelo 046 (rellenar y pagar online a través de la web de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos de la Junta de Andalucía, o rellenar y pagar presencialmente en cualquier entidad bancaria).
- Declaración jurada.
- Solicitud de adaptación a las pruebas (sólo en el caso de que fuera necesaria alguna adaptación, y acompañándola de certificado médico).
PRECIO DE LAS TASAS PARA EL CURSO 2025/2026
Antiguos/as alumnos/as:
Tendrán consideración de antiguo/a alumno/a:
- Alumnado que haya estado matriculado con anterioridad en alguna E.O.I. de Andalucía y retome sus estudios.
- Alumnado que haya estado matriculado en la modalidad a distancia “That’s English”.
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Tarifa Ordinaria |
TOTAL |
Familia Numerosa 50% |
TOTAL |
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Matrícula por idioma*1 |
50,09€ |
59,04€ |
25,05€ |
29,53€ |
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Tasas generales*2 |
8,95€ |
4,48€ |
*1: a multiplicar por el número de idiomas en que se matricula.
*2: se pagan una sola vez, con independencia del número de idiomas.
Alumnado de nuevo ingreso:
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Tarifa Ordinaria |
TOTAL |
Familia Numerosa 50% |
TOTAL |
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Apertura de expediente*1 |
22,37€ |
81,41€ |
11,19€ |
40,72€ |
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Matrícula por idioma*2 |
50,09€ |
25,05€ |
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Tasas generales*3 |
8,95€ |
4,48€ |
*1: se paga una única vez en la vida académica del alumno/a.
*2: a multiplicar por el número de idiomas en que se matricula.
*3: se pagan una sola vez, con independencia del número de idiomas.
Exención del pago de tasas:
Estará exento de abonar estas tasas el alumnado que acredite alguna de las circunstancias siguientes, según lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía:
1) El alumnado miembro de familias numerosas de la categoría especial.
2) El alumnado que resulte beneficiario de las becas incluidas en la convocatoria general de becas y ayudas al estudio que se realice cada curso escolar. (*Ver nota más abajo*)
3) Las personas con discapacidad, en un grado igual o superior al 33%.
4) Las víctimas de violencia de género, doméstica o de ambas.
5) El alumnado que, como consecuencia de actos terroristas, haya sufrido daños personales que sean de especial trascendencia, o que lo inhabiliten para el ejercicio de su profesión habitual, o cuyos familiares hasta segundo grado de consanguinidad, tutores o guardadores, hayan sufrido dichos daños.
(Cada una de estas circunstancias deberá acreditarse mediante fotocopia de la resolución o tarjeta correspondiente).
(*Nota respecto a las exenciones del punto 2) beneficiarios de becas:
El alumnado solicitante de dichas becas y ayudas podrá formalizar la matrícula condicionalmente sin el previo pago de las tasas establecidas, acreditando esta circunstancia con la documentación justificativa. Una vez resuelta la convocatoria de becas o ayudas, quienes hayan resultado beneficiarios de las mismas deberán presentar la resolución de concesión en la Secretaría del centro. Si la solicitud resultase denegada o, una vez concedida la beca, fuese revocada, habrán de satisfacer las tasas establecidas en el plazo de treinta días a partir de la notificación de la resolución denegatoria o de revocación, sin que sea necesario requerimiento previo de la Administración, lo que se advertirá en el formulario de la matrícula, en el que se hará constar también que el impago de las tasas supondrá el desistimiento de la matrícula solicitada para todas las materias, asignaturas o disciplinas, en los términos previstos por la legislación vigente.
En el caso de que, una vez finalizado el curso escolar, no se hubiese notificado la concesión de la beca, se deberán abonar las tasas correspondientes, sin perjuicio de la devolución del importe de las mismas a partir de la fecha en que se acreditase la condición de beneficiario de la beca.*)
CÓMO RECUPERAR EL JUSTIFICANTE DE PAGO DE LA TASA MODELO 046
Si no ha podido descargar el justificante de pago, o ha abandonado la página web antes de su descarga, por favor siga las instrucciones que encontrará en el siguiente documento de ayuda: Recuperar Justificante de pago 046
- Si presentas la solicitud de forma telemática, deberás comunicar el horario de preferencia al siguiente correo: administracion@eoixauen.es, indicando el curso, nombre y apellidos y DNI
- Si presentas la solicitud presencialmente, deberás comunicar el horario de preferencia escribiéndolo en la hoja de Solicitud de Matrícula, en el margen superior derecho.
