C.A.L. (Solo profesorado)

Mediante los Cursos de Actualización Lingüística (CAL), las escuelas atienden al profesorado que desee incrementar su nivel lingüístico para impartir sus clases en la lengua extranjera en la que su centro haya decidido elaborar su proyecto bilingüe.

REQUISITOS DE ACCESO

Podrá acceder el personal docente que preste servicios en el Sistema Educativo Público de Andalucía al que se refiere el artículo 3 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre. Este colectivo estaría formado por:

• Profesorado que presta servicio en la función pública docente en centros de titularidad de la Junta de Andalucía o de otras administraciones públicas.

• Profesorado que presta servicio en centros docentes privados concertados del Sistema Educativo Público de Andalucía.

CRITERIOS DE ADMISIÓN: Si el número de solicitantes es mayor que el número de puestos escolares ofertados, éstos se distribuirán entre las personas solicitantes ordenándolas según los siguientes criterios:

1er Grupo Preferente – Profesorado perteneciente a la función pública docente que presta servicio en centros públicos bilingües titularidad de la Junta de Andalucía, y está impartiendo enseñanza bilingüe de áreas no lingüísticas

2º Grupo Preferente – Profesorado FUNCIONARIO con DESTINO DEFINITIVO en un centro público bilingüe titularidad de la Junta de Andalucía que se comprometa a impartir enseñanza bilingüe en su área no lingüística.

3er Grupo Preferente – Resto de profesorado que presta servicio en la función pública docente en centros de titularidad de la Junta de Andalucía o de otras administraciones públicas (disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo)

4º Grupo Preferente- Profesorado que presta servicio en centros docentes privados concertados del Sistema Educativo Público de Andalucía (artículo 3 de la Ley 17/2007 de 10 de diciembre)

Los puestos escolares se repartirán primero entre el primer grupo preferente. De sobrar plazas, estas se repartirán entre el colectivo del segundo grupo preferente y, así, hasta agotarlos.

REQUISITOS ACADÉMICOS para acceder a los distintos niveles de las enseñanzas de idiomas:

  • 1º de nivel básico (A1): No existen requisitos académicos mínimos.
  • 2º de nivel básico (A2): Poseer la acreditación correspondiente al nivel A1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (la documentación que se acredite en este caso debe estar recogida en el Anexo III*) o haber superado la materia correspondiente a la primera lengua extranjera del primer curso de Bachillerato del idioma de inglés.
  • Nivel intermedio (B1): Poseer la acreditación correspondiente al nivel A2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (la documentación que se acredite en este caso debe estar recogida en el Anexo III*) o estar en posesión del título de Bachillerato (o equivalente) de la primera lengua extranjera cursada en el bachillerato correspondiente al idioma de inglés.
  • 1º de nivel intermedio (B2.1): Poseer la acreditación correspondiente al nivel B1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (la documentación que se acredite en este caso debe estar recogida en el Anexo III*).
  • 2º de nivel intermedio (B2.2): Poseer la acreditación correspondiente al nivel B2.1. del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (la documentación que se acredite en este caso debe estar recogida en el Anexo III)*.
  • 1º de nivel avanzado C1: Poseer la acreditación correspondiente al nivel B2.2. del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (la documentación que se acredite en este caso debe estar recogida en el Anexo III*).
  • 2º de nivel avanzado C1: Poseer la acreditación correspondiente al nivel C1.1. del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (la documentación que se acredite en este caso debe estar recogida en el Anexo III*).
  • Anexo III Orden de 31 de enero de 2011 (convalidaciones de estudios)

PRUEBA INICIAL DE CLASIFICACIÓN (PIC): El alumno o alumna que acredite el dominio de competencias suficientes en un idioma podrá incorporarse a cualquier curso de los niveles básico, intermedio y 1º de Nivel Avanzado C1Si considera que su nivel de idioma es superior a 1º de nivel básico A1, podrá realizar una prueba de autoevaluación disponible en la sección “Idiomas y Enseñanzas” de nuestra página web con un resultado únicamente orientativo, sin validez académica. Sobrestimar sus conocimientos irá en perjuicio propio ya que su ubicación en un determinado curso no supondrá haber superado los anteriores, ni, por tanto, la obtención de los certificados de nivel correspondientes. PARA CONOCER EL COMPROMISO QUE SE ADQUIERE AL AUTOEVALUARSE, CONSULTAR LOS CONTENIDOS DE LA PROGRAMACIÓN DE CADA DEPARTAMENTO PUBLICADOS EN NUESTRA PÁGINA WEB.

OFERTA DE PUESTOS ESCOLARES VACANTES PARA EL CURSO 2023-2024. Ver Plazas Vacantes 2023-24

SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

CALENDARIO  DEL PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN.

  • Período de presentación de solicitudes: entre el 1 y el 22 de mayo de 2023, ambos inclusive.
  • Publicación del listado para subsanar la documentación aportada en el tablón de anuncios si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañase de los documentos preceptivos: Antes del 26 de mayo, para que se subsane, en el plazo de diez días hábiles.
  • Publicación de la relación de personas solicitantes ordenadas según los criterios de admisión por la EOI: Antes del 12 de junio de 2023.
  • Período para el trámite de audiencia: entre el 12 y el 23 de junio de 2023, ambos inclusive.
  • Resolución del procedimiento de admisión con las listas de admitidos y no admitidos: Se publicará el 27 de junio de 2023.
  • Plazo para la presentación de recursos de alzada ante la persona titular de la Delegación Territorial competente en materia de educación: empezará el 28 de junio.
  • Plazo de matriculación: del 1 al 10 de julio de 2023.